Cambio Normativa del Libro Oficial de Movimientos (LOM)


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Cambio de la normativa de Libro Oficial de Movimientos (LOM) por el Libro Oficial de Transacciones Comerciales de Fitosanitarios

Nueva ley que obliga a tener un registro de comercialización de productos fitosanitarios y modifica el registro de productos tóxicos.

 

Libro Oficial de Transacciones Comerciales Fitosanitarias (ROT) (Antiguo LOM).

A partir de la entrada en vigor del RD1311/2012 (15/09/2012), desaparece el Libro Oficial de Movimientos, (LOM), de ahora en adelante se llamará Registro de Transacciones Comerciales, los datos que deben reflejarse en este nuevo registro son exactamente los mismos que se reflejaban en el LOM, de modo que para aquellos que tenéis el LOM informatizado, solo hay que cambiarle el nombre.

En este registro deben aparecer todas las compras y ventas que se realicen de todos los productos fitosanitarios de uso profesional, independientemente de su clasificación toxicológica, es decir, Nocivos, Tóxicos y Muy Tóxicos (antes solo T y T+). La fecha de inicio de este “Registro” será 17/09/2012

Para aquellos que todavía tengan el LOM manual se les recomienda que lo informaticen.

Este Registro no hay que presentarlo en Sanidad Vegetal, como se hacía con el antiguo LOM, pero debe quedar en vuestra empresa durante 5 años a disposición de las autoridades.

El LOM antiguo, debe cerrase a fecha de 15/09/2012 y guardarlo en vuestra empresa durante cinco años.

Aquellos que realicéis tratamientos fitosanitarios directamente, debéis añadir dos columnas al Registro, en las que indicaran además, el cultivo y el motivo del tratamiento (la plaga o enfermedad).